Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1862-1863 (Cortes de 1858 a 1863)
Sesión: 27 de enero de 1863
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: n.º 27, 321
Tema: Ascensos militares. Discusión sobre el artículo 27

Art. 27: Los jefes y oficiales empleados en los colegios, escuelas y academias militares, que desempeñasen con distinción y ventajosos resultados el profesorado en aquellos establecimientos, serán recompensados con la cruz de caballeros de Carlos III a los tres años de ejercicio, y a los seis con la de comendadores de la misma orden si tuviesen el carácter de jefes.

Además disfrutarán las gratificaciones mensuales que por razón de ejercicio señalen los reglamentos para cada clase, cuyas gratificaciones aumentarán gradualmente, según el empleo y tiempo que cada uno ejerza el profesorado.

El Sr. SAGASTA: Voy a hacer sólo unas ligeras observaciones en contra del artículo que se discute.

Yo no opino porque los militares no sean acreedores a ésta y a todas las cruces y a todas las distinciones que hay en España; pero lo que no me parece conveniente es que se establezca con los militares, cuando desempeñan cargos que pueden Ilamarse civiles, distinción ninguna entre los militares y los civiles. Mientras el militar está en un colegio explicando ejerce un cargo como el que ejerce el catedrático de una universidad o el profesor de una escuela especial. ¿Hay para estos ni para ninguna clase del Estado asignadas gracias después de tres años de servicio? Pues si no las hay para las clases civiles, ¿por qué se han de consignar para los militares? ¿Se querrá decir que los militares están en un colegio prestando unos servicios que los que presta un catedrático de una universidad o de una escuela especial? Pues si no se dice ni se cree esto, ¿por qué se establecen para los militares cruces y gracias que no se conceden a los civiles? ¿Es esto conveniente? No, señores, porque no es conveniente establecer una distinción sólo para una clase; y es necesario que en todo lo que de la esfera militar pasa a la esfera civil, y de la esfera civil pasa a Ia esfera militar, equiparemos la legislación; que no hagamos de peor condición al que es ciudadano civil que al que es ciudadano militar.

Yo opino porque al catedrático que en la carrera militar se distinga, se le premie; de la misma manera que opino porque se premie al civil que se distinga en una universidad o en una escuela especial; pero en igualdad de circunstancias, ¿por qué apremiar a unos y a otros no? ¿Por qué estampar en la ley una gracia a favor de los militares, y no extenderla a los civiles? Esto no es conveniente; es una distinción de clases que no se halla justificada. Sujétense todos a una misma ley, así los profesores de los colegios militares. Esto es lo justo, esto es lo legal, esto es lo lógico; lo demás es conveniente, altamente inconveniente, y no favorece a la clase beneficiada.

Ya que estoy de pie, voy a hacer una observación al Sr. Ministro de la Guerra, y siento que no esté en su banco, pero ya me hará el obsequio de ponerla en su conocimiento el Sr. Ministro de Fomento; hay en la carrera militar algunos establecimientos, cuyos reglamentos se salen de la órbita constitucional.

Todos los ciudadanos, dice la Constitución, son aptos para todas las carreras. Sin embargo, hay carreras en la milicia ¡cosa singular! para las que no son aptos todos los Españoles. Esta especie de privilegios, que en todo tiempo serían absurdos, hoy son repugnantes. Es necesario que las escuelas militares den la misma facilidad a los ciudadanos para su ingreso, y ni a unos ni a otros, lo mismo a los que se dedican al profesorado en las carreras civiles que a los profesores militares, debe exigirse más que lo que se exige en las universidades y en los establecimientos civiles de enseñanza.

Hace algún tiempo tuve yo el honor de dirigir una pregunta al Sr. Ministro de Marina respecto de la infinidad de circunstancias, de requisitos, de gastos que exige la entrada de un joven en la escuela de Marina. El Sr. Ministro de Marina creyó, como yo, que era un abuso escandaloso, y me dio palabra de remediarlo.

El Sr. PRESIDENTE: Sr. Sagasta, las palabras que V. S. acaba de pronunciar me parece que no tienen relación directa con el artículo que se discute, y esto va a originar, sin duda, una discusión que no sé yo hasta qué punto puedo consentir.

El Sr. SAGASTA: No será perdida esta discusión, señor Presidente, porque tal vez traerá consigo el remedio de un abuso muy grande.

El Sr. PRESIDENTE: Es, posible; pero el Reglamento exige que el orador se contraiga a la cuestión.

El Sr. SAGASTA: El Sr. Presidente me permitirá que le diga que estoy rechazando las distinciones entre los profesores, y estas distinciones me han traído a la memoria distinciones de la enseñanza que no pueden sostenerse en estos tiempos. Pero sea de esto lo que quiera, no tengo empeño en continuar ocupándome ahora de este asunto: lo dejaré para una interpelación, y tanto peor para el Congreso, porque hablaré más tiempo. Por lo demás, hablando de escuelas y de enseñanza, me parecía oportuno decir algo sobre el particular; pero si el Sr. Presidente no lo considera oportuno, no insisto; me limitaré por ahora a recordar que hice la pregunta al Sr. Ministro de Marina y me dio una contestación satisfactoria; me dijo que en efecto era un abuso y que lo remediaría: el remedio no ha venido todavía, no sé por qué; no hago más que este recuerdo.



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